En Argentina, a diferencia de Texas, el panorama es mucho más abierto gracias al REPROCANN (Registro del Programa de Cannabis). Sin embargo, la legalidad depende totalmente de que tengas este permiso vigente.
A febrero de 2026, estos son los límites permitidos para un cultivador individual:
1. Límites de Cultivo
Si estás registrado y aprobado en el REPROCANN, podés tener:
- Hasta 9 plantas en floración por paciente.
- Plantas en estado vegetativo: No hay un límite numérico estricto para las plantas que no están florando (plantines o esquejes), pero deben ser coherentes con un uso personal y el espacio declarado.
- Superficie: * Hasta 6 $m^2$ para cultivo interior (indoor).
- Hasta 15 $m^2$ para cultivo exterior.
2. Transporte y Posesión
El permiso también te autoriza a circular con cannabis por todo el país:
- Flores secas: Hasta 40 gramos.
- Aceite: Entre 1 y 6 frascos de 30 ml cada uno.
- Plantas: Podés transportar las 9 plantas autorizadas (por ejemplo, en una mudanza), siempre con el certificado a mano.
3. Cambios Recientes (2025-2026)
Es importante que sepas que el gobierno ha endurecido los controles y requisitos:
- Vigencia: Los permisos ahora suelen tener una validez de 3 años.
- Cultivadores Solidarios: Si cultivás para otra persona, el límite se ha restringido. Un cultivador solidario ahora solo puede representar a un máximo de 2 personas (antes eran más).+1
- Requisitos para médicos: Los profesionales de la salud que hacen la vinculación ahora deben acreditar formación específica en cannabis medicinal ante el Ministerio de Salud.
Tabla de resumen: Argentina vs. Texas
| Concepto | Argentina (con REPROCANN) | Texas (EE. UU.) |
| Autocultivo | Legal (Hasta 9 plantas en flor) | Ilegal (0 plantas) |
| Uso Recreativo | Despenalizado (según fallos judiciales, pero sigue habiendo riesgos sin REPROCANN) | Ilegal |
| Transporte | Legal (hasta 40g de flores) | Ilegal (puede ser cárcel) |
Importante: Si cultivás en Argentina sin REPROCANN, seguís estando bajo la Ley 23.737 (Ley de Drogas), lo que puede derivar en causas penales por “siembra o cultivo”.
